*La Corte determinó que los requisitos indispensables para obtener el título profesional deben ser gratuitos, conforme a la reforma constitucional de 2019
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) no puede cobrar por cursos necesarios para liberar requisitos de titulación, al considerar que forman parte del proceso formativo que debe ser gratuito.
El caso se originó luego de que la Facultad de Derecho ofreciera un “Curso de Comprensión de Lectura para liberar el requisito de titulación de los Planes de Estudio 2117 y 2125”, impartido en el Centro de Idiomas de la institución, por el cual se exigía un pago.
Al analizar el asunto, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció a favor de revocar la sentencia impugnada y conceder el amparo al quejoso, para que se le devuelva el monto erogado por dicho curso.
Durante su intervención, recordó que tras la reforma constitucional de 2019, el Estado mexicano tiene la obligación expresa de garantizar la gratuidad de la educación superior. Si bien su implementación es progresiva, subrayó que han transcurrido más de seis años desde su aprobación, lo que exige avances reales por parte de las instituciones públicas.
La ministra destacó que el objetivo de la reforma es fortalecer la equidad, la inclusión social y eliminar barreras económicas. Por ello, señaló que cualquier elemento estructural del plan de estudios o requisito indispensable para obtener el título profesional debe ser completamente gratuito.
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Asimismo, puntualizó que el curso en cuestión no era un taller extracurricular opcional, sino la única vía implementada por la Facultad de Derecho para que el alumnado acreditara el requisito de idioma, en caso de no haberlo cursado previamente.
En ese sentido, advirtió que el cobro generaba una distinción basada en la capacidad económica del alumnado, lo que derivaba en desigualdades injustificadas y contrarias al principio de no discriminación.
“No resulta razonable que la Facultad de Derecho cobre por un curso necesario para titularse cuando su obligación constitucional es absorber ese costo y garantizar la gratuidad del proceso formativo hasta la titulación”, concluyó la ministra.
Con esta resolución, la SCJN reafirma el alcance del principio de gratuidad en la educación superior pública y sienta un precedente relevante para universidades del país.







