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COFEPRIS emite alerta contra falsos productos preventivos, terapéuticos y rehabilitatorios

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*Productos que no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería y mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados

La Secretaría de Salud del estado de Querétaro (SESA) informa que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) emitió una alerta sanitaria tras detectar productos que atribuyen de manera indebida cualidades preventivas, terapéuticas y rehabilitadoras.

La COFEPRIS precisó que, dentro de las acciones de vigilancia sanitaria, su personal detectó que los productos “REHAB RESPIRATOIRE/Pulmo care”, “C-MASTER”, “Rehab Osteo”, Trinex” y “Factor T nivel 7” incumplen lo establecido en el Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, en sus artículos 171 y 173.

Precisó que a “REHAB RESPIRATOIRE/Pulmo care” se le atribuyen propiedades de manera ilegal relacionadas al sistema respiratorio como: “previene enfermedades respiratorias, fortalece los pulmones y regenera secuelas por COVID-19.

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A “C-MASTER” se le atribuyen propiedades de manera ilegal como: “La reducción del dolor articular”; “Aumento de la energía física, la vitalidad y la resistencia”; “Frena los signos del envejecimiento” y “Rejuvenece la piel y las células de todos los órganos internos del cuerpo.”

Mientras que a “Rehab Osteo” se le atribuyen propiedades de manera ilegal como: “Fortalecimiento y regeneración del sistema óseo, como complemento esencial para el manejo del dolor articular, desgaste articular, crecimiento y fortalecimiento de huesos” y “Potente vitamínico para el sistema óseo”.

Por otro lado, a “Trinex” se le atribuyen propiedades de manera ilegal como: “Te ayuda a mejorar la duración de tus relaciones”; “Vigoriza y mejora la firmeza”; “Estimula la circulación sanguínea”; “Brinda mayor potencia sexual” y “Previene o retarda la eyaculación precoz”.

Sugerimos: COFEPRIS emite alerta por suplementos alimenticios que carecen de autorización sanitaria

Al “Factor T nivel 7” se le atribuyen propiedades de manera ilegal como: “Mejora sustancialmente la respuesta inmunológica y evita infecciones”; “Aumento de defensas orgánicas en nivel 7 (mayor nivel para el respaldo necesario para que el sistema inmunológico esté saludable)”; “Prepara y protege al organismo para ataques de virus, bacterias, hongos y parásitos.”

Hacen uso de extractos hidroalcohólicos de sus ingredientes, este tipo de compuestos se usan para medicamentos homeopáticos, puntualizó la COFEPRIS.

Indicó que no ha autorizado ninguno de estos productos, lo que significa que la seguridad, eficacia y calidad de los ingredientes no ha sido evaluada de conformidad con la regulación sanitaria vigente, lo que representa un riesgo sanitario importante para la salud de la población.

Sugerimos: Alerta Cofepris sobre comercialización de productos a los que atribuyen cualidades terapéuticas

Los productos se encuentran a la venta en línea y se publicitan en redes sociales como Facebook, Tiktok, YouTube e Instagram, infringiendo lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad en su artículo 79 fracción II, que indica que los suplementos alimenticios deberán contar con permiso de publicidad emitido por la Comisión.

Se recomienda a la población no adquirir ni usar los productos mencionados, así como cualquier otro que no se ajuste a la normatividad vigente; en caso de encontrar a la venta estos productos, realizar la denuncia sanitaria a través de la página: https://www.gob.mx/cofepris/acciones-y-programas/denuncias-sanitarias; si presenta algún padecimiento o síntoma de los mencionados en la presente alerta, consultar a un profesional de la salud, y si ha consumido alguno de los productos citados en la presente alerta sanitaria, reportar cualquier reacción adversa o malestar al correo electrónico farmacovigilancia@cofepris.gob.mx

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El Sistema Federal Sanitario recomendó realizar las actividades de vigilancia en los establecimientos donde puedan comercializarse este tipo de productos y efectuar las medidas de seguridad sanitaria de conformidad con lo señalado en el artículo 404 fracción X de la Ley General de Salud.

Estos productos no deberán ser comercializados por ninguna vía, ni distribuidos por servicios de paquetería y mensajería nacional y/o internacional, ni ser publicitados, de lo contrario serán acreedores a las sanciones administrativas que resulten procedentes por infringir la regulación sanitaria vigente.

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