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Sanciona Tribunal Electoral a excandidato de Fuerza por México

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WhatsApp Image 2021 06 17 at 4.40.28 PMEl Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) informó que se dejó firme la inexistencia de uso de símbolos religiosos, así como la existencia de actos anticipados de precampaña y campaña atribuidos al excandidato a la presidencia municipal de San Juan del Río del partido Fuerza por México, Ricardo Badillo; igualmente, se determinó la responsabilidad de una asociación civil, de la que es presidente honorario, respecto a actos anticipados de precampaña y campaña, así como entrega de dádivas.

La autoridad electoral comunicó que “En cumplimiento a diversa sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey del TEPJF, en el procedimiento especial sancionador TEEQ-PES-21/2020, se dejó firme la resolución referente a que se tuvo por inexistentes las infracciones de uso de símbolos religiosos, atribuidas al otrora candidato a la presidencia municipal de San Juan del Río postulado por el partido Fuerza por México, y a una asociación civil; igualmente, se dejó firme la existencia de las conductas denunciadas relacionadas con actos anticipados de campaña por la vulneración de las normas de propaganda electoral al promocionar su imagen, atribuidas a la persona física denunciada, así como la multa equivalente a 150 (ciento cincuenta) Unidades de Medida y Actualización (UMAS)”.

 

Agregó que “derivado de los medios de prueba que obran en el expediente, el Tribunal Electoral determinó la existencia de la responsabilidad de la Asociación denunciada respecto de la comisión de actos anticipados de precampaña y campaña al promocionar la imagen del denunciado. Asimismo, se declaró la existencia de la comisión de entrega de dádivas atribuida a los denunciados, al haber entregado cubrebocas, así como la entrega de un bien médico por la toma de temperatura, presión arterial y glucosa”.

En consecuencia, y luego de la calificación e individualización de la sanción, el Tribunal Electoral impuso al denunciado una multa por 150 UMAS, equivalente a 13 mil 443 pesos, misma que deberá pagar en lo individual; además, al partido denunciado se le impuso una sanción consistente en una amonestación pública, al no obrar constancia de ingresos.

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